Si estás embarazada y vas a dar a luz durante este año debes conocer todas las ayudas y prestaciones por maternidad de las que te puedes beneficiar.
Estas ayudas no solo son económicas, si no también derechos, deducciones, ayudas a la contratación, o permisos y excedencias, etc… ¿Quiénes pueden acogerse a ellas? ¿Cuáles son los requisitos?
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A) Prestaciones familiares de la SEGURIDAD SOCIAL.
Estas ayudas se solicitan ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Algunas consisten en ayudas económicas, otras en bonificaciones o derechos con los que conciliar la vida familiar y laboral, permisos,…
Se conceden a todos los españoles, independientemente de la Comunidad Autónoma en la que residan.
- Prestación económica por nacimiento de hijo: Es una ayuda para los casos de nacimiento o adopción múltiple tanto en familias numerosas, como en monoparentales y familias formadas con una madre con un grado de discapacidad igual o superior al 65%. Es una ayuda consistente en un pago único de 1.000€ que puede pedir la madre que tiene la custodia. Esta ayuda está exenta de IRPF y puede verse reducida si se superan ciertos ingresos.
- Prestaciones familiares por hijo o menor acogido a cargo: Se puede solicitar si tenéis menores de 18 años a cargo, ya sean hijos o en acogida. Es necesario que no se supere el límite de ingresos de 11.547,96 € si se tiene un hijo (límite que va aumentando dependiendo del número de hijos a cargo).Es una prestación de 291€ divididas en 2 pagos (enero y julio). Exenta del IRPF. Puede reducirse si se superan ciertos ingresos.
- Prestación por hijos o menores acogidos con discapacidad: En este caso no existe un límite de rentas pero si que será necesario acreditar el grado de discapacidad, que tendrá que ser de al menos un 33%. La ayuda consiste en un pago único de 1000€ al año que se incrementa según aumenta el grado de discapacidad. Están exentas del IRPF.
- Prestación por riesgo durante el embarazo: Si el puesto de trabajo implica un peligro para la madre o el futuro bebé, la empresa tiene que intentar cambiar de puesto a la trabajadora. Si el cambio no es posible o no se reduce el efecto negativo, entonces se suspenderá la relación laboral y la futura mamá recibirá un 100% de la base reguladora de su salario.
- Prestaciones por muerte y supervivencia: Cuando el motivo de ser madre soltera es por la muerte del padre se pueden solicitar las prestaciones de viudedad o temporal de viudedad, dependiendo del caso.
- Bonificación de las cuotas para contratar a un cuidador familiar: Cuando es necesario contratar a un cuidador familiar para poder conciliar la vida familiar y laboral, hay una bonificación de 45% de las cuotas dela Seguridad Social si la familia es numerosa y monoparental.
B) Ayudas que otorga el SEPES (Servicio público de Empleo Estatal)
Si la trabajadora tiene cotizaciones por desempleo, por ser madre y tener cargas familiares se puede acceder a algunas ayudas específicas o se facilita el acceso a otras:
- Ayuda familiar: Es un subsidio de 426 euros al mes para aquellas madres con hijos a cargo que han agotado la prestación por desempleo
- Subsidio por no haber cotizado suficiente: Se puede pedir cuando no se ha cotizado lo suficiente para poder pedir la prestación contributiva.
- Plan prepara: Es una ayuda que se puede pedir una vez agotados el paro y los demás subsidios. Si se tienen hijos a cargo se reducen los requisitos, no siendo necesario llegar inscrito como demandante de empleo 12 meses en el periodo de los últimos 18.
- Plan de activación para el empleo: Es la última ayuda del Servicio de Empleo para quienes han agotado todas las demás, y es requisito imprescindible tener cargas familiares para poder pedirla.
C) Prestaciones familiares que concede la AGENCIA TRIBUTARIA
Hay varias:
- Deducción para madres trabajadoras por hijos menores de 3 años. Se trata de una deducción de 1200€ en la declaración de la renta. Se puede pedir el pago anticipado mensual de 100€.
- Reducción de jornada por permiso de lactancia. No todas las madres trabajadoras saben que tienen derecho a esta reducción pero hasta que el pequeño tenga 9 meses se puede solicitar una reducción de una hora diaria o acumularla y disfrutarla de golpe lo que equivaldría a 15 días más de baja. Durante este tiempo el salario no se verá reducido en ningún caso.
- Reducción de jornada hasta una máximo del 50% de la misma. Se puede solicitar a la empresa hasta que el pequeño tenga 12 años. Va acompañada de una reducción de salario proporcional pero para calcular cualquier tipo de prestación (jubilación, otra baja de maternidad…) computará como la jornada completa.
- Fondo de Garantía del Pago de Alimentos. Cuando una madre soltera tiene que reconocido en una resolución judicial o un convenio judicial pensiones de alimentos por lo hijos menores o mayores con discapacidad, y el otro progenitor no las paga, este Fondo adelanta la pensión. Hay límites de ingresos.
D) Prestaciones familiares de las COMUNIDADES AUTÓNOMAS
Las Comunidades Autónomas destinan ayudas a las familias por nacimiento o adopción de un hijo, pero estas prestaciones no son iguales en todas ellas y varían de una comunidad a otra. Para conocer el estado actual de las prestaciones por maternidad en las Autonomías, dirígete al organismo competente de tu Comunidad Autónoma.
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